venres, 6 de abril de 2012

'La Pepa' era solo para Pepes


Por: EL PAÍS | 26 de marzo de 2012
Por Juan Sisinio Pérez Garzón
No todo fueron luces en la Constitución de 1812. Hubo dos grandes sombras: el cierre de filas para no tocar la esclavitud en América, y el clamoroso silencio sobre las mujeres. Ambos eran hechos contradictorios con el carácter universal de los principios de libertad e igualdad.

La Constitución de 1812 solo concede los derechos civiles y políticos a los varones. En la sesión del 15 de septiembre de 1811 se acordó excluir de los derechos ciudadanos y, por tanto, del derecho al voto, a las mujeres, a los menores de edad y a los criados, por ser personas dependientes. Cierto es que se reconocía que “todos pertenecen a la familia ciudadana”, o sea, que todos eran parte de la unidad familiar representada por el padre de familia. Más claro no podía formularse el patriarcado del varón en la sociedad.

Además, las Cortes prohibieron que las mujeres asistieran a las sesiones parlamentarias. El profesor Bartolomé Clavero ha desvelado cómo la mujer adquiere su condición de española por ser hija de hombre libre nacido y avecindado en territorio español. Es, por tanto, el varón el que le da la calidad de española.

Ahora bien,  la Constitución de 1812 introduce una novedad de largo alcance, le dedica a la “Instrucción Pública” un título o capítulo en exclusiva, el IX, y establece por primera vez en nuestra historia la obligación de crear escuelas de primaria en “en todos los pueblos”. Además, se especifica que en todos se enseñarán los mismos contenidos y con los mismos métodos, aboliéndose los azotes y castigos físicos. Fue el destacado liberal Manuel José Quintana el que redactó por encargo de las Cortes el primer plan de educación pública, pero el golpe de estado absolutista de 1814 lo frustró. Luego, cuando se restableció en 1820 la Constitución gaditana, se abrió un amplio debate sobre la igualdad de educación de niños y niñas. En 1822 se aprobó que estudiasen lo mismo, aunque remarcando que las niñas aprendieran además “las labores propias de su sexo”. De nuevo en 1823 el absolutismo regresó por la fuerza de las armas y la Constitución quedó proscrita.
En todo caso, se abrieron paso nuevas realidades. Por primera vez las mujeres adquirieron presencia propia en eso tan exclusivo de los varones como era la guerra. Hubo heroínas como Agustina de Aragón, guerrilleras como La Galana por La Mancha, y, por ejemplo, en el trienio constitucional en Barcelona formaron un batallón de milicianas, que se llamaron Lanceras de la Libertad, contra los absolutistas.

Además, en ese trienio en que estuvo vigente la Constitución, de 1820 a 1823, las mujeres lograron hacerse oir en las tertulias de las sociedades patrióticas. Ya hubo precedentes en el Cádiz de 1810 donde destacaron por su nivel intelectual Cecilia Böhl de Faber, Frasquita Larrea o la marquesa de Astorga. La profesora Marieta Cantos ha estudiado la importancia de estas pioneras entre las que destaca la dramaturga María Rosa Gálvez, contraria al modelo de mujer sumisa.
Juan Sisinio Pérez Garzón es catedrático de Historia Contemporánea de la Universidad de Castilla-La Mancha y autor de Historia del feminismo.

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