xoves, 20 de febreiro de 2014

La República despenalizó el aborto con la ley más avanzada de Europa


En 1937 Catalunya publicó el decreto que permitía el aborto libre hasta los tres primeros meses y regulaba su práctica. El Gobierno republicano lo extendió a las zonas no ocupadas por Franco
PATRICIA CAMPELO Madrid 15/02/2014
Revista onde se anuncia o aborto legal en Cataluña
De aprobarse la reforma de la ley del aborto planteada por el Gobierno de Mariano Rajoy, los derechos de las mujeres no solo retrocederían a 1985, año en que el Ejecutivo socialista de Felipe González reguló el aborto, sino hasta 1937. Ese año, se despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo por primera vez en España. Catalunya publicó el 9 de enero la norma más avanzada de Europa en esta materia, permitiendo el aborto libre hasta las doce semanas. Desde el gobierno republicano de Francisco Largo Caballero, la ministra de sanidad Federica Montseny también ideó un proyecto de ley para regular la interrupción voluntaria del embarazo, pero su iniciativa quedó en suspenso debido a la oposición de la mayoría de miembros del Ejecutivo. Aun así, Montseny buscó la forma de aplicar el decreto catalán en las zonas republicanas [en plena Guerra Civil, muchas ciudades ya se encontraban bajo el dominio de los militares sublevados].
"Tuve que recurrir al subterfugio de extender al resto de la España republicana los beneficios del decreto sobre el derecho a la interrupción artificial del embarazo adoptado por la Generalidad de Cataluña. Debía buscarse una solución al drama de miles de mujeres que, cargadas de hijos, recurrían a medios extra medicales o caseros para suprimir embarazos no deseados (...). Había que evitar la hecatombe de mujeres que eran víctimas de maniobras abortivas que las mutilaban para siempre y que, en muchas ocasiones, les costaban la vida", plasmó Montseny en sus memorias 'Mis primeros cuarenta años', (1987). "Todo escrúpulo religioso o de otra índole pesaba poco en la vida de las mujeres que debían afrontar tal estado de cosas", puntualizó.
La ilegalidad del aborto sumía a las mujeres en prácticas clandestinas con consecuencias fatales. Durante muchos años, estas interrupciones del embarazo fueron una de las principales causas de muerte entre las mujeres españolas. "Su práctica estaba unida a una serie de estampas sombrías, curanderismo, mercantilismo, drama", apuntó la revista Mundo Gráfico en un reportaje publicado tras la entrada en vigor del decreto catalán. "Había madres que morían por la torpeza de maniobras abortivas realizadas sin garantía y sin escrúpulo", denunciaba la revista -una de las más populares y progresistas del primer tercio del siglo veinte-. Precisamente, este semanario se hizo eco de la normativa catalana sobre el aborto con un enfoque cargado de optimismo.
El reportaje, firmado por José M. Garat, está ilustrado con fotografías de niños y niñas sonrientes, y facilita además la ficha del departamento de sanidad de la Generalitat de Catalunya que las mujeres debían cumplimentar para solicitar la interrupción de su embarazo. "No deberán nacer hijos condenados de antemano a una vida de infierno", señalaba el periodista en referencia a los casos de grave discapacidad.
Las páginas de Mundo Gráfico publicaron también el caso de la primera mujer que abortó en aplicación de la normativa catalana. Se trataba de una joven de 25 años, con enfermedades genéticas, y que se encontraba en Barcelona huyendo sola de la contienda con sus dos hijos con discapacidad.
Hasta ese momento, sólo tres países europeos habían incorporado a su legislación el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo: Suiza en 1916, la antigua Checoslovaquia en 1925 y Rusia en 1926. Tres años más tarde, se sumó Japón a esta lista.
Aborto libre hasta las doce semanas
El decreto catalán -firmado por los consellers Josep Tarradellas, de ERC, Pere Herrera, de la CNT, y Rafael Vidiella, de UGT,- permitía el aborto libre hasta el tercer mes, medida que no contemplaban los países que ya regulaban la interrupción del embarazo.
El texto establecía como causas justificadas para la práctica del aborto razones terapéuticas —enfermedad física o mental de la madre que contraindicase el parto—, genéticas —graves enfermedades hereditarias e incesto— y éticas —deseo consciente de limitar voluntariamente la natalidad—. En este último caso, la interrupción del embarazo se realizaría a petición de la interesada, sin que la familia pudiera presentar reclamación alguna.
Transcurridos los primeros tres meses de embarazo, sólo se justificaba el aborto por razones terapéuticas. El artículo 6 establecía la creación de organismos autorizados oficialmente que debían, además, elaborar un plan de organización en los primeros 15 días tras la publicación del decreto. El personal encargado de realizar estas prácticas sería el que integrara las unidades de obstetricia y ginecología, "sin derecho a ninguna remuneración por estos servicios", aclaraba el texto de la norma. En cada centro, se nombraba la figura de un delegado responsable con la misión de "fiscalizar, controlar e inspeccionar" el correcto funcionamiento del servicio.
Para garantizar el control de cada práctica abortiva, se requería una ficha médica, psicológica, genética y social de cada mujer que solicitase la interrupción del embarazo. También se sometía a la paciente a un reconocimiento previo que investigara "su capacidad vital y de resistencia a la intervención".
Con el objetivo de evitar las prácticas privadas que provocaban un elevado número de muertes, el decreto emplazaba a responder "criminalmente ante el tribunal competente" a quienes realizasen abortos fuera de los centros públicos habilitados para ello. "Y perderán, si son titulares de una profesión sanitaria, el derecho a ejercerla", añadía.
Una de las consecuencias previstas con las nuevas medidas era la disminución de los casos de aborto ya que, en paralelo a los centros donde se interrumpía el embarazo, debían existir otros "destinados a la difusión popular de los medios anti concepcionales", avanzó Mundo Gráfico. "Se aspira a dotar a la mujer de una sólida cultura que le permita evitar el aborto y recurrir a él en último recurso", aclaraba la revista, e insistía en el número de vidas de mujeres que se salvarían con la desaparición de las prácticas clandestinas.
Los medios de Franco, en contra
La aprobación de esta medida suscitó la publicación de mensajes en contra de la misma, provenientes de los medios de comunicación franquistas. Fue el caso del diario ABC, que en una información publicada el 17 de diciembre de 1936 justificaba la ley del aborto con el "ansia devoradora del comunismo judío para exterminar España". "Ya no se satisface con la muerte y la matanza de los que han nacido, sino que quiere exterminarlos antes de nacer", revela la hemeroteca.
"El aborto, legalmente, es un asesinato, un crimen de lesa humanidad, ya que condena a un ser que iba a nacer a que no nazca, (...) la mujer que voluntariamente aborta pierde el más justo título que puede alcanzar en el cumplimiento de su divino papel, el de ser madre", opinaban entonces los partidarios de Franco.
Medidas sociales truncadas por la sublevación militar
En España, la Guerra Civil instó a la publicación de los planes sociales que el gobierno republicano tenía pendiente de aprobación. Federica Montseny, en el cargo de ministra de Sanidad y Asistencia Pública de noviembre de 1936 a mayo de 1937, logró iniciar el primer programa de ayudas a desfavorecidos y medidas como los lugares para la infancia y comedores para embarazadas, pero con un corto recorrido, al igual que la despenalización del aborto. La victoria franquista conllevó la eliminación de todos los avances sociales que se habían adoptado durante la Segunda República.

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